Pedagogía en Religión Católica

Licenciado en Educación y Profesor en Religión Católica para Educación Básica - Licenciado en Educación y Profesor en Religión Católica para Educación Media

Resoluciones Nº 56-2018 y 95/2019 – Vicerrectoría Académica (desde admision 2019)

  1. Obtención del grado académico de Bachiller
    Aprobar un total de 200 créditos, incluyendo los cursos mencionados en el Resuelvo 3º de la resolución VRA correspondiente.
  2. Obtención del grado académico de Licenciado en Educación
    Aprobar todos los cursos y Prácticas señalados para la Fase de Licenciatura, indicados en el Anexo I y aprobación del Seminario de Integración, con examen, de acuerdo a la normativa que apruebe el Programa Académico de Pedagogía en Religión Católica.
    Asistir a actividades propias del área de desarrollo espiritual y pastoral que fortalecen el desarrollo personal y cristiano del profesor de religión como testigo de la fe, durante el transcurso de su formación. Las actividades en las cuales deberá participar serán:
    – 4 Retiros Espirituales (equivalentes a 16 horas cronológicas) y
    – 2 Actividades de Servicio Pastoral y Humanitario (equivalentes a 8 horas cronológicas).
    Además, el alumno deberá acreditar habilidades comunicativas en español (VRA100C) e inglés (VRA001V), de acuerdo a la normativa que para estos efectos dicte la Vicerrectoría Académica.
  3. Obtención del egreso y título profesional de Profesor en Religión Católica para Educación Básica o Profesor en Religión Católica para Educación Media
    Haber cumplido con los requisitos de obtención del grado académico de Licenciado en Educación y aprobar 40 créditos de la Fase de titulación que comprende:
    OPTATIVOS DE PROFUNDIZACIÓN 20
    PRÁCTICA PROFESIONAL II 20
    – Práctica Profesional II en Educación Básica (EDU006R) o
    – Práctica Profesional II en Educación Media (EDU011R)
    Por último, y cumpliendo con los requisitos establecidos por la Ley 20.903, que creó el Sistema de Desarrollo Profesional Docente, para obtener el título profesional, los estudiantes deben rendir la Evaluación Nacional Diagnóstica para la Formación Inicial de Profesores, dentro de los 12 meses anteriores a su egreso, lo cual deberá ser certificado mediante información oficial del CPEIP.

Admisiones Anteriores

Resolución Nº 200-2016 – Vicerrectoría Académica (desde admision 2017)

Resolución Nº 174-2014 – Vicerrectoría Académica (desde admision 2015)